El artículo 51, párrafo 1 de la la Ley sobre la Nacionalidad Suiza (LN) establece que el hijo extranjero nacido del matrimonio de una suiza y un extranjero, y cuya madre posea la nacionalidad suiza antes o en el momento del nacimiento, puede solicitar la naturalización simplificada si tiene lazos estrechos con Suiza. Si la madre ha perdido la nacionalidad suiza antes del nacimiento del hijo, ya sea por vencimiento del plazo para solicitarla o por renuncia, no es posible la naturalización facilitada según el artículo 51, párrafo 1 LN.
La persona solicitante tiene lazos estrechos con Suiza, según el artículo 11 de la Ordenanza sobre la Nacionalidad Suiza (OLN), si:
ha pasado al menos tres estadías en Suiza de una duración mínima de cinco días en el curso de los seis años anteriores a la presentación de la solicitud;
es capaz de comunicarse oralmente en la vida cotidiana en una lengua nacional;
posee un conocimiento elemental de las particularidades geográficas, históricas, políticas y sociales de Suiza, y
mantiene contactos con suizos.
Por otra parte, la naturalización simplificada se concede a condición de que la persona solicitante respete la seguridad y el orden públicos, respete los valores de la Constitución federal, participe en la vida económica y promueva la integración de los miembros de su familia, y de que no comprometa la seguridad interior o exterior de Suiza.
Si la persona solicitante tiene hijos menores, estos pueden ser incluidos en su solicitud.
La Secretaría de Estado para las Migraciones (SEM) es competente para adoptar una decisión sobre una solicitud de naturalización simplificada.
Si usted cumple con estos requisitos, diríjase por favor a la Representación suiza competente para su lugar de domicilio en el extranjero con el fin de obtener los formularios y la información correspondientes.