- (V1)
- No está exonerado de la obligación de visa si se va a ejercer una actividad lucrativa:
- actividades de la construcción, ingeniería civil, de la hoteleria, de la restoración, de limpieza industrial o doméstica, de la seguridad así como de la industría del sexo.
- actividades de otra naturaleza ejercidas más de 8 días por año civil.
- Está exonerado de la obligación de visa en vista de una actividad lucrativa si es titular de un permiso de estadía válido emitido por un Estado Schengen o de una visa D, siempre y cuando este en posesión de un documento de viaje reconocido.
- (V)
- Está exonerado de la obligación de visa si es titular de un permiso de estadía válido emitido por un Estado Schengen o de una visa D, siempre y cuando este en posesión de un documento de viaje reconocido.
- (M: D, S, SP, OP)
- Está exonerado de la obligación de visa si es titular de un pasaporte diplomático, de servicio, especial u oficial por los siguientes motivos de viaje: misión ofical y otros motivos de viaje sin ejercicio de una actividad lucrativa.
¿Necesito un visado Schengen?
Mi nacionalidad | Obligación de visado (sí/no) |
---|---|
Perú | No (V1) |
Bolivia | Sí (V) (M: D, S, SP, OP) |
Otras nacionalidades
Para las otras nacionalidades, favor de consultar el listado sobre la página internet de la Secretería de Estado de la migración (SEM).
Si Usted tiene la obligación de visado favor de depositar su solicitud de visado y referirse a las informaciones indicadas sobre la página:
¿Dónde debo depositar mi solicitud de visado Schengen?
Si Usted no tiene la obligación de visado, Usted está autorizado a entrar en Suiza, resp. en el espacio Schengen sin visado para una estancia que no exceda 90 días sobre un período de 180 días.