Apoyo y procedimientos
En este apartado se describen las diferentes medidas que puede tomar en función de su situación: obtención de apoyo informal, iniciación de un procedimiento formal o de un proceso judicial.
Medidas de apoyo y procedimientos disponibles para las personas directamente afectadas
Si puede, reaccione de inmediato e indique, verbalmente o por escrito, al presunto acosador o acosadora que su comportamiento es inaceptable.
No obstante, sabemos que no siempre es posible reaccionar de inmediato. Puede pedir ayuda en todo momento, incluso a posteriori.
En caso de presunto acoso sexual, póngase en contacto con uno de los servicios de información y asesoramiento para estudiar las opciones y medidas disponibles.
Apoyo informal
Al pedir apoyo informal la confidencialidad está garantizada: no se emprenderá ninguna medida sin su consentimiento y el presunto autor o autora no será informado/a de que usted ha pedido ayuda. Los siguientes servicios están a su disposición para proporcionarle información, asesoramiento y/o apoyo con toda discreción:
Servicios externos de asistencia confidencial
- Consulta Social del Personal de la Administración Federal (CSPers)
- Servicio de mediación para el personal de la Confederación
- Comisión de conciliación conforme a la ley sobre la igualdad de género
- Servicios especializados externos
- Servicio de asesoramiento local en el país anfitrión
Servicios internos de asistencia confidencial
- Oficina de cumplimiento del DFAE (Compliance Office), por teléfono o correo electrónico (compliance@eda.admin.ch), o a través de la plataforma de denuncia de irregularidades del DFAE
Su demanda no será comunicada a su empleador a menos que así lo solicite expresamente al servicio de su elección.
Tenga en cuenta que los superiores jerárquicos y asesores de recursos humanos tienen la obligación de emprender medidas —iniciar el procedimiento formal que se describe a continuación— si constatan un posible caso de acoso sexual o tienen noticia de uno.
Procedimiento formal
No es posible mantener el anonimato en los procedimientos formales, ya que deben respetarse las garantías procesales de todas las partes, tanto del presunto autor o autora como de la víctima.
Un procedimiento formal se inicia cuando usted:
- informa de la situación a su superior jerárquico/a directo/a o al servicio competente de la sección de asesoramiento de recursos humanos (o bien, al jefe o jefa de misión, para el personal local) o;
- solicita expresamente que se inicie un procedimiento formal.
Inicialmente, si lo desea, su asesor o asesora de recursos humanos o su superior jerárquico/a pueden ayudarle a encontrar una solución consensuada, bien mediante una reunión entre las personas afectadas, bien mediante otro planteamiento que resuelva la situación. Si tales soluciones no son posibles o si usted no desea tener que hablar con el presunto/a acosador/a, el empleador (jefe/a de personal del DFAE, o jefe/a de misión si la situación afecta exclusivamente a empleados/as locales) estudiará su denuncia y podrá solicitar una investigación que, según el caso, sería encargada a un agente externo. Las medidas que emprenda el empleador dependerán de las conclusiones de dicha investigación y podrán incluir desde la aplicación de sanciones disciplinarias a la rescisión del contrato.
Si se ha dirigido anteriormente a la Oficina de Cumplimiento para solicitar apoyo informal y si así lo solicita de forma expresa, esta podrá remitir su solicitud al jefe o jefa de personal del DFAE o al jefe o jefa de misión.
El procedimiento garantiza también los derechos de la persona acusada. Las dos partes tienen derecho a ir acompañadas de un abogado o abogada o de una organización autorizada. Durante la investigación podrán aplicarse medidas provisionales.
Proceso judicial
Aparte de las medidas de apoyo informal y del procedimiento formal, existen otras tres opciones:
a) procedimiento conforme a la ley suiza de igualdad de género (LEg) (solo para los contratos regulados por la ley suiza);
b) demanda por vía civil;
c) proceso por vía penal.
Toda medida adoptada en relación con un caso de acoso sexual sufrido en el extranjero se regirá por el derecho local.
El procedimiento de la ley suiza de igualdad de género permite solicitar:
- la prohibición de discriminación inminente;
- el cese de una discriminación persistente;
- la constatación de la existencia de discriminación, si persiste el daño que esta ha causado.
Es posible solicitar una conciliación previa ante la comisión competente dentro del plazo previsto (treinta días).
En caso de demostrarse una denuncia falsa con mala fe, las personas injustamente acusadas pueden emprender acciones civiles o penales contra la persona denunciante.
En el apartado Servicios de información y asesoramiento encontrará los servicios de asesoramiento a su disposición.
Documentos

Respeto en el lugar de trabajo
Desde 2012 el DFAE tiene una directiva relativa a la protección contra el acoso sexual en el puesto de trabajo.

Servicios de información y asesoramiento
Una de las preocupaciones del DFAE es que todos los colaboradores puedan desarrollar sus aptitudes y desempeñar sus funciones en un buen entorno laboral.

Preguntas frecuentes
Información útil sobre el acoso sexual.
Kontakt
EDA, Direktion für Ressourcen DR
Eichenweg 5
3003 Bern