En caso de que se pierda la nacionalidad suiza
- por caducidad: es decir, a raíz de un nacimiento en el extranjero que no ha sido anunciado en una representación suiza en el plazo estipulado y no ha sido inscrito en el registro civil suizo (véase la FAQ de la SEM, sólo disponible en alemán, francés o italiano), o
- por renuncia (liberación): es decir, tras entregar una declaración de renuncia voluntaria a la nacionalidad suiza, o
- por matrimonio de una ciudadana suiza con un ciudadano extranjero antes del 1 de enero de 1992 (a menos que se haya firmado una declaración de conservación de la nacionalidad suiza),
se puede, de conformidad con el artículo 27 de la Ley sobre la Nacionalidad Suiza (LN), solicitar la recuperación de la misma en un plazo de diez años a partir del momento de la pérdida de la nacionalidad. Tras la expiración de este periodo, la recuperación sólo es posible tras una estancia de tres años en Suiza.